lunes, 29 de octubre de 2012

La esposa del neotradi y los neocons II



La esposa del neotradi ha publicado la segunda parte prometida. La primera, la publicamos aquí.  
Neoconservadurismo, lo que yo pienso.
Luego de tomarme un tiempillo de meditación, expondré brevemente algunas cosas sobre la nota anterior, que tan amablemente recogieron los amigos de The Wanderer e Infocaótica.
Con respecto a algunos comentarios hechos en una de las citadas páginas, debo decir que el tema del ocultamiento de una verdad o de una situación al Santo Padre, es lamentablemente más común de lo que nos gustaría que fuera. El archicitado caso de Maciel dejó en claro que habrá que ser algo más precavido a la hora de citar ejemplos para la juventud. Por otra parte creo firmemente que los que dicen que Juan Pablo II es encubridor, quizá lo hagan refiriéndose no tanto a él personalmente, sino a la política que hubo durante todo su pontificado. Y así como se acusa a un presidente de un desastre en su pais, o a un juez de una mala sentencia, a un Papa también se lo acusa. Es curioso que de pronto, salten semejante cantidad de casos de abusos, por donde quiera que se mire (en argentina tenemos un par, pero en USA, Irlanda... mamita querida!!!). Que de pronto, a los fundadores en vida se les da por tener problemas de salud (y por eso dimiten de seguir al frente de sus congres, y pondré el ejemplo del P. Alvaro de los Legionarios, porque prefiero poner ejemplos extranjerossss) pero andan por aqui y por alla de peregrinación. Quiérase o no, hay una especie de responsabilidad, pongámosle "in eligendo". Siempre que es "La" Iglesia la que tiene que tamizar los candidatos. El responsable último de todo lo bueno y malo que pase en la Iglesia siempre será el Papa, ya sea por no rodearse de gente más apta, mas virtuosa, sea por no dar un golpe de timón y volver a tomar su reinado espiritual como corresponde, sin tanta componenda y democracia con el mundo. Es Rey, le guste o no. Y nosotros en este momento somos como especies de Juanas de Arco intentando que nuestro "Delfín" no abdique de reinar gloriosamente, aunque sea combatido.
Bueno, dicho esto me abocaré a hacer un esbozo opinológico que nada nuevo aportará al asunto. (Digo para el que piense que va a leer algo nuevo).
Creo ya haber escrito algo sobre lo que pienso de los carismas multiplicados, por lo que sencillamente diré estoy de acuerdo con el autor.
Lo que más me impactó de su artículo (probablemente porque como música de fondo tenía el horripilante video de la defensa de la Catedral de Posadas) fue el tema de la desmovilización política. Juro que por unos instantes sufrí una especie de delirio de persecución (o advertí la persecución a secas?).
Formé parte de muchos grupos. En general de chicos de esos que cantan "Cara al Sol". Y fue triste comprobar que en todos esos grupos se va por el dialoguismo a troche y moche. Está bien que no hay que darse de piñas a la primera de cambio con el primer gil de goma que vaya por ahi, pero cuando pasa lo que pasó en Posadas... las cosas hay que tomarselas me parece, de otra manera.
Seguramente, si a alguien se le ocurrió decir en Posadas "hay que defenderse", hayan saltado otros alguienes diciendo "no, hay que poner la otra mejilla". No citaré el consabido ejemplo del novio que sale a pasear con su novia y alguien quiere propasarse con ella. O sea, acá era la mejilla de Cristo la que pusieron los obispos, el cura, etc. Los valientes chicos y chicas que defendieron la catedral, seguramente jamás se olvidarán de ese evento. Ahora ¿hacía falta?
Por un lado, si los chicos que fueron a la defensa, reaccionaban, al otro día estaban todos en cana (aunque lo dudo ya que la poli se retiró minutos antes de que llegara la horda gorda). Por otro lado, nuestros amigos de Clarín seguramente hubieran hablado del grupo de inadaptados inquisidores que agredió a un grupo de feministas (Hugo Moyano es más femenino que cualquiera de estas). Y nuestros amados obispos hubieran salido a decir que era un grupo de exaltados que en nada tiene que ver con la Iglesia... Claro, estos exaltados hubieran sido sin duda CATÓLICOS.
Me vino a la memoria el caso de los obispos mexicanos que se rajaron cuando comenzó el problema con la ley Calles. Aca, palabras más o menos la cosa vendria siendo igual. Los obispos, van a ser siempre los primeros que se lavan las manos. Los laicos de a pie quedarán entonces entre tres fuegos cruzados: su conciencia, su "director espiritual", y el grupo pro vida o congregación a la que respondan.
Su conciencia seguramente con alguna astillita democrática se preguntará si estará bien lo que está haciendo, y si es buen chico, se preguntará por que diantres el obispo no está ahí parado con el. Su director espiritual probablemente le haya dado consejitos para no defeccionar. Y en su grupo provida le deben haber dicho que no reaccione, y que si está mal, se vaya para atrás de las primeras filas, donde la exposición es menor. No debe reaccionar porque si no "el obispo puede acusar a la congregación o al grupo provida"... digo yo ¿acaso no se dan cuenta, que hagan lo que hagan el obispo IGUAL va a estar en contra? ¿Acaso se piensan que por ser más  "correctos" la congregación o grupo al que pertenecen va a ser IGUAL desdeñado por la jerarquía?¿Acaso no se darán cuenta de que si en la congregación no se quieren exponer es PROBLEMA DE LA CONGREGACIÓN Y SUS RELIGIOSOS PERO NO DE SUS LAICOS? Digo... acaso el laico le tiene que pedir permiso a su grupo para pensar respecto de los asuntos políticos que se inmiscuyen directamente en la fe que el profesa?
Si los cristeros hubieran pensado como los católicos argentinos, probablemente no hubiera existido la cristiada y seguramente hubieran ido todos a Europa, donde huyeron gran parte de los obispos... O sea...
Y eso que no hablo de ni de remotas de la posibilidad de tomar el poder o blablabla. Hablo de que si quieren ser democráticos, allá ellos. Pero si quieren ser católicos: pónganse los pantalones y no la remerita naranja.
Resumiendo: por mi los obispos se pueden ir todos al mismísimo carajo. Yo estoy en comunión plena, aunque me los banque poco. No me interesa un católico que no se juegue por lo que se supone que tiene que cuidar. La historia esta llena de obispos cagones, y en Argentina ya nos cansamos de ver eso. Lastima que el interminable séquitos de neocons impide con sus adulaciones estériles que los obispos se den cuenta de que así la cosa no va. En su incapacidad de pensar que un obispo puede equivocarse Y FIERO, se la pasan obedeciendo estupideces dichas por religiosos y obispos.
Creo que lamentablemente la palabra Radical, para hablar de fe, ya es mala palabra. Pero creo que Cristo exige de los laicos la radicalidad, independientemente del grupo al que pertenezca.
Mis respetos a todos los que fueron a defender la Catedral. No es en su contra el artículo (aclaro porque no me interesa herir susceptibilidades de gente buena como sé que lo son).
Yo no pude ir, pero si voy el año que viene, el Rosario lo voy a rezar antes, y cuando se vengan las mujeres en paños menores, colgaré mi rosario al pecho y saldré de puños para adelante. Y al religioso que venga a decirme que "quedamos mal si pegamos porque ..." lo sacaré a patadas también.

La esposa del neotradi y los neocons II



La esposa del neotradi ha publicado la segunda parte prometida. La primera, la publicamos aquí.  
Neoconservadurismo, lo que yo pienso.
Luego de tomarme un tiempillo de meditación, expondré brevemente algunas cosas sobre la nota anterior, que tan amablemente recogieron los amigos de The Wanderer e Infocaótica.
Con respecto a algunos comentarios hechos en una de las citadas páginas, debo decir que el tema del ocultamiento de una verdad o de una situación al Santo Padre, es lamentablemente más común de lo que nos gustaría que fuera. El archicitado caso de Maciel dejó en claro que habrá que ser algo más precavido a la hora de citar ejemplos para la juventud. Por otra parte creo firmemente que los que dicen que Juan Pablo II es encubridor, quizá lo hagan refiriéndose no tanto a él personalmente, sino a la política que hubo durante todo su pontificado. Y así como se acusa a un presidente de un desastre en su pais, o a un juez de una mala sentencia, a un Papa también se lo acusa. Es curioso que de pronto, salten semejante cantidad de casos de abusos, por donde quiera que se mire (en argentina tenemos un par, pero en USA, Irlanda... mamita querida!!!). Que de pronto, a los fundadores en vida se les da por tener problemas de salud (y por eso dimiten de seguir al frente de sus congres, y pondré el ejemplo del P. Alvaro de los Legionarios, porque prefiero poner ejemplos extranjerossss) pero andan por aqui y por alla de peregrinación. Quiérase o no, hay una especie de responsabilidad, pongámosle "in eligendo". Siempre que es "La" Iglesia la que tiene que tamizar los candidatos. El responsable último de todo lo bueno y malo que pase en la Iglesia siempre será el Papa, ya sea por no rodearse de gente más apta, mas virtuosa, sea por no dar un golpe de timón y volver a tomar su reinado espiritual como corresponde, sin tanta componenda y democracia con el mundo. Es Rey, le guste o no. Y nosotros en este momento somos como especies de Juanas de Arco intentando que nuestro "Delfín" no abdique de reinar gloriosamente, aunque sea combatido.
Bueno, dicho esto me abocaré a hacer un esbozo opinológico que nada nuevo aportará al asunto. (Digo para el que piense que va a leer algo nuevo).
Creo ya haber escrito algo sobre lo que pienso de los carismas multiplicados, por lo que sencillamente diré estoy de acuerdo con el autor.
Lo que más me impactó de su artículo (probablemente porque como música de fondo tenía el horripilante video de la defensa de la Catedral de Posadas) fue el tema de la desmovilización política. Juro que por unos instantes sufrí una especie de delirio de persecución (o advertí la persecución a secas?).
Formé parte de muchos grupos. En general de chicos de esos que cantan "Cara al Sol". Y fue triste comprobar que en todos esos grupos se va por el dialoguismo a troche y moche. Está bien que no hay que darse de piñas a la primera de cambio con el primer gil de goma que vaya por ahi, pero cuando pasa lo que pasó en Posadas... las cosas hay que tomarselas me parece, de otra manera.
Seguramente, si a alguien se le ocurrió decir en Posadas "hay que defenderse", hayan saltado otros alguienes diciendo "no, hay que poner la otra mejilla". No citaré el consabido ejemplo del novio que sale a pasear con su novia y alguien quiere propasarse con ella. O sea, acá era la mejilla de Cristo la que pusieron los obispos, el cura, etc. Los valientes chicos y chicas que defendieron la catedral, seguramente jamás se olvidarán de ese evento. Ahora ¿hacía falta?
Por un lado, si los chicos que fueron a la defensa, reaccionaban, al otro día estaban todos en cana (aunque lo dudo ya que la poli se retiró minutos antes de que llegara la horda gorda). Por otro lado, nuestros amigos de Clarín seguramente hubieran hablado del grupo de inadaptados inquisidores que agredió a un grupo de feministas (Hugo Moyano es más femenino que cualquiera de estas). Y nuestros amados obispos hubieran salido a decir que era un grupo de exaltados que en nada tiene que ver con la Iglesia... Claro, estos exaltados hubieran sido sin duda CATÓLICOS.
Me vino a la memoria el caso de los obispos mexicanos que se rajaron cuando comenzó el problema con la ley Calles. Aca, palabras más o menos la cosa vendria siendo igual. Los obispos, van a ser siempre los primeros que se lavan las manos. Los laicos de a pie quedarán entonces entre tres fuegos cruzados: su conciencia, su "director espiritual", y el grupo pro vida o congregación a la que respondan.
Su conciencia seguramente con alguna astillita democrática se preguntará si estará bien lo que está haciendo, y si es buen chico, se preguntará por que diantres el obispo no está ahí parado con el. Su director espiritual probablemente le haya dado consejitos para no defeccionar. Y en su grupo provida le deben haber dicho que no reaccione, y que si está mal, se vaya para atrás de las primeras filas, donde la exposición es menor. No debe reaccionar porque si no "el obispo puede acusar a la congregación o al grupo provida"... digo yo ¿acaso no se dan cuenta, que hagan lo que hagan el obispo IGUAL va a estar en contra? ¿Acaso se piensan que por ser más  "correctos" la congregación o grupo al que pertenecen va a ser IGUAL desdeñado por la jerarquía?¿Acaso no se darán cuenta de que si en la congregación no se quieren exponer es PROBLEMA DE LA CONGREGACIÓN Y SUS RELIGIOSOS PERO NO DE SUS LAICOS? Digo... acaso el laico le tiene que pedir permiso a su grupo para pensar respecto de los asuntos políticos que se inmiscuyen directamente en la fe que el profesa?
Si los cristeros hubieran pensado como los católicos argentinos, probablemente no hubiera existido la cristiada y seguramente hubieran ido todos a Europa, donde huyeron gran parte de los obispos... O sea...
Y eso que no hablo de ni de remotas de la posibilidad de tomar el poder o blablabla. Hablo de que si quieren ser democráticos, allá ellos. Pero si quieren ser católicos: pónganse los pantalones y no la remerita naranja.
Resumiendo: por mi los obispos se pueden ir todos al mismísimo carajo. Yo estoy en comunión plena, aunque me los banque poco. No me interesa un católico que no se juegue por lo que se supone que tiene que cuidar. La historia esta llena de obispos cagones, y en Argentina ya nos cansamos de ver eso. Lastima que el interminable séquitos de neocons impide con sus adulaciones estériles que los obispos se den cuenta de que así la cosa no va. En su incapacidad de pensar que un obispo puede equivocarse Y FIERO, se la pasan obedeciendo estupideces dichas por religiosos y obispos.
Creo que lamentablemente la palabra Radical, para hablar de fe, ya es mala palabra. Pero creo que Cristo exige de los laicos la radicalidad, independientemente del grupo al que pertenezca.
Mis respetos a todos los que fueron a defender la Catedral. No es en su contra el artículo (aclaro porque no me interesa herir susceptibilidades de gente buena como sé que lo son).
Yo no pude ir, pero si voy el año que viene, el Rosario lo voy a rezar antes, y cuando se vengan las mujeres en paños menores, colgaré mi rosario al pecho y saldré de puños para adelante. Y al religioso que venga a decirme que "quedamos mal si pegamos porque ..." lo sacaré a patadas también.

jueves, 25 de octubre de 2012

Un cisma auténtico: derivas y semejanzas


Carlos Duarte Costa fue un obispo católico, excomulgado y separado de su cargo pastoral en 1945. La excomunión fue el punto final de una larga cadena de errores y malas conductas del prelado. Unos años antes, cuando Brasil entró en la IIª Guerra Mundial, el obispo apeló públicamente al Presidente de la República, a fin de que interviniese en la Iglesia expulsando a obispos y sacerdotes “nazis, fascistas y falangistas”. Acusó a la Acción Católica de espionaje a favor del Eje y manifestó simpatías comunistas, por las que fue encarcelado. Suspendido a divinis en 1944, sin que con ello se consiguiera calmarlo, fue excomulgado el 6 de julio de 1945. Duarte fundó una nueva "iglesia", la “Iglesia Católica Apostólica Brasilera” (ICAB), razón por la cual el Santo Oficio lo declaró excomulgado vitando el 3 de julio de 1946. Es decir, realizó un cisma auténtico con todas las notas que lo caracterizan.
A partir de ese momento arranca la historia de un nueva “comunidad cristiana”. Duarte Costa consagró obispos, ordenó sacerdotes e hizo de su grupo un refugio para clérigos de malas costumbres. En la actualidad, la ICAB posee cuarenta y ocho obispos, que trabajan en treinta y ocho diócesis, y se estima que extienden su influencia sobre unos tres millones de fieles.
La ICAB inició sus actividades con una relajación notable de la disciplina sacramental. Comenzó recibiendo clérigos católicos concubinarios y se transformó en garantía de ordenación sacerdotal para seminaristas católicos expulsados. Posteriormente, comenzó a celebrar indiscriminadamente “sacramentos”, "bendiciones", "exorcismos" casi siempre con un sólo requisito estricto: el pago de estipendios. Luego, se agregaría una deriva doctrinal de veterocatolicismo, modernismo y, en los últimos años,  sincretismo dogmático.
Así, la ICAB ha devenido un conglomerado de diferentes grupos y denominaciones con un elemento común de origen, pero sin verdadera homogeneidad doctrinal, ritual y de predicación. Lo que plantea un problema para la Iglesia católica, pues la ICAB realiza toda clase de ceremonias con fieles católicos. La Congregación para la Doctrina de la Fe, al ser consultada por los obispos brasileños respecto de la consideración que se debía a las ordenaciones de la ICAB, dispuso que los sacerdotes pertenecientes a la iglesia brasilera que solicitaran ser admitidos a la comunión católica, habían de serlo en calidad de simples laicos, nunca como clérigos; y en casos excepcionales, cuando las condiciones lo aconsejaran, podría considerarse la posibilidad de una ordenación sub conditione. Aunque no existe un documento definitivo como la Apostolicae Curae de León XIII (sobre la invalidez de las órdenes anglicanas) la conferencia episcopal de Brasil ha puesto en duda la validez de las ordenaciones de la ICAB por defecto de intención sacramental. Por último, cabe recordar que la ICAB ha “canonizado” a su fundador.
El caso de la ICAB es un punto de partida para reflexionar sobre las semejanzas que guarda conciertos fenómenos que se desprenden del tradicionalismo. Nos referimos, en concreto, al sedevacantismo. 
Sería falso partir de una amalgama y decir que los sedevacantistas han mutado, en lo doctrinal, hacia posturas modernistas como las de la ICAB. Pero es cierto que en el sedevacantismo pululan errores doctrinales serios (rigorismo moral, donatismo, negación práctica de la indefectibilidad de la Iglesia, etc.) ya condenados por la Iglesia. También es cierto que, al igual que en la ICAB, hay una heterogeneidad doctrinal que se desarrolla a  paso más lento, pero firme: sedevacantistas estrictos versus mitigados, vacancia formal, pero no material, etc.; "conclavismo", como “solución” al "vacío" generado por las aporías que la teoría produce, a medida que se prolonga en el tiempo y la Iglesia se mantiene "acéfala".Y como efecto del "conclavismo", un elenco de personajes, algunos grotescos y otros francamente risibles, que se disfrazan de papas, a los que nos resistimos a denominar antipapas. 
En segundo lugar, a semejanza de la ICAB, se da un fenómeno de "inflación episcopal", paralelo a las dudas acerca de la validez de las órdenes recibidas por los "obispos" sedevacantistas. Para colmo de males, la obsesión por el “episcopado válido” -que para muchos sólo se encontraría en iglesias orientales, veterocatólicas y en los obispos sedevacantistas, todo ello por efecto de la "invalidez" del rito de consagración aprobado por Pablo VI- los ha conducido a buscar órdenes sagradas de linajes episcopales muy dudosos en cuanto a su validez, incluso de "obispos" relacionados con la ICAB.
En tercer lugar, como sucede en la comunidad brasilera, el sedevacantismo suele ser el pasaporte hacia una rápida ordenación sacerdotal para candidatos expulsados de seminarios y noviciados, principalmente por falta de idoneidad psíquica. Y un refugio para clérigos de conducta extravagante que, si no fueran curas vagos, estarían bajo sospecha de trastorno psíquico y lógicamente suspensos para el  ejercicio del ministerio.  
En cuarto lugar, se han dado numerosos casos de ordenaciones de sujetos previamente expulsados de seminarios por falta de aptitudes morales. Y no falta, en el sedevacantismo mexicano, la ordenación de hombres casados.
Por último, y sin ánimo de ser exhaustivos, se observa en los grupos sedevacantistas una radicalización del espíritu sectario, que se manifiesta de muchas maneras, especialmente en una sopa de letras de "fundaciones" y en la proliferación de mini-parroquias, con sus "capellanes mitrados", casi todos rabiosamente enemistados entre sí, y siempre prestos a condenar por herejía a todo aquel que no quiera ser partícipe de su sectarismo. 
Hemos dicho en otras oportunidades que el sedevacantismo no es un tema de interés para nuestra bitácora. Y lo reafirmamos hoy, a pesar del contenido de esta entrada. No es nuestro deseo crear un fantasma amenazador. Pensamos, no obstante, que las similitudes apuntadas  debieran ser suficiente llamado de atención. No todo lo que brilla es oro...


P.S.: Apenas rozamos aquí el "sedevacantismo" como problema "doctrinal". Para los interesados en profundizar sugerimos la lectura de libro del  P. Álvaro Calderón, La lámpara bajo el celemín.

Un cisma auténtico: derivas y semejanzas


Carlos Duarte Costa fue un obispo católico, excomulgado y separado de su cargo pastoral en 1945. La excomunión fue el punto final de una larga cadena de errores y malas conductas del prelado. Unos años antes, cuando Brasil entró en la IIª Guerra Mundial, el obispo apeló públicamente al Presidente de la República, a fin de que interviniese en la Iglesia expulsando a obispos y sacerdotes “nazis, fascistas y falangistas”. Acusó a la Acción Católica de espionaje a favor del Eje y manifestó simpatías comunistas, por las que fue encarcelado. Suspendido a divinis en 1944, sin que con ello se consiguiera calmarlo, fue excomulgado el 6 de julio de 1945. Duarte fundó una nueva "iglesia", la “Iglesia Católica Apostólica Brasilera” (ICAB), razón por la cual el Santo Oficio lo declaró excomulgado vitando el 3 de julio de 1946. Es decir, realizó un cisma auténtico con todas las notas que lo caracterizan.
A partir de ese momento arranca la historia de un nueva “comunidad cristiana”. Duarte Costa consagró obispos, ordenó sacerdotes e hizo de su grupo un refugio para clérigos de malas costumbres. En la actualidad, la ICAB posee cuarenta y ocho obispos, que trabajan en treinta y ocho diócesis, y se estima que extienden su influencia sobre unos tres millones de fieles.
La ICAB inició sus actividades con una relajación notable de la disciplina sacramental. Comenzó recibiendo clérigos católicos concubinarios y se transformó en garantía de ordenación sacerdotal para seminaristas católicos expulsados. Posteriormente, comenzó a celebrar indiscriminadamente “sacramentos”, "bendiciones", "exorcismos" casi siempre con un sólo requisito estricto: el pago de estipendios. Luego, se agregaría una deriva doctrinal de veterocatolicismo, modernismo y, en los últimos años,  sincretismo dogmático.
Así, la ICAB ha devenido un conglomerado de diferentes grupos y denominaciones con un elemento común de origen, pero sin verdadera homogeneidad doctrinal, ritual y de predicación. Lo que plantea un problema para la Iglesia católica, pues la ICAB realiza toda clase de ceremonias con fieles católicos. La Congregación para la Doctrina de la Fe, al ser consultada por los obispos brasileños respecto de la consideración que se debía a las ordenaciones de la ICAB, dispuso que los sacerdotes pertenecientes a la iglesia brasilera que solicitaran ser admitidos a la comunión católica, habían de serlo en calidad de simples laicos, nunca como clérigos; y en casos excepcionales, cuando las condiciones lo aconsejaran, podría considerarse la posibilidad de una ordenación sub conditione. Aunque no existe un documento definitivo como la Apostolicae Curae de León XIII (sobre la invalidez de las órdenes anglicanas) la conferencia episcopal de Brasil ha puesto en duda la validez de las ordenaciones de la ICAB por defecto de intención sacramental. Por último, cabe recordar que la ICAB ha “canonizado” a su fundador.
El caso de la ICAB es un punto de partida para reflexionar sobre las semejanzas que guarda conciertos fenómenos que se desprenden del tradicionalismo. Nos referimos, en concreto, al sedevacantismo. 
Sería falso partir de una amalgama y decir que los sedevacantistas han mutado, en lo doctrinal, hacia posturas modernistas como las de la ICAB. Pero es cierto que en el sedevacantismo pululan errores doctrinales serios (rigorismo moral, donatismo, negación práctica de la indefectibilidad de la Iglesia, etc.) ya condenados por la Iglesia. También es cierto que, al igual que en la ICAB, hay una heterogeneidad doctrinal que se desarrolla a  paso más lento, pero firme: sedevacantistas estrictos versus mitigados, vacancia formal, pero no material, etc.; "conclavismo", como “solución” al "vacío" generado por las aporías que la teoría produce, a medida que se prolonga en el tiempo y la Iglesia se mantiene "acéfala".Y como efecto del "conclavismo", un elenco de personajes, algunos grotescos y otros francamente risibles, que se disfrazan de papas, a los que nos resistimos a denominar antipapas. 
En segundo lugar, a semejanza de la ICAB, se da un fenómeno de "inflación episcopal", paralelo a las dudas acerca de la validez de las órdenes recibidas por los "obispos" sedevacantistas. Para colmo de males, la obsesión por el “episcopado válido” -que para muchos sólo se encontraría en iglesias orientales, veterocatólicas y en los obispos sedevacantistas, todo ello por efecto de la "invalidez" del rito de consagración aprobado por Pablo VI- los ha conducido a buscar órdenes sagradas de linajes episcopales muy dudosos en cuanto a su validez, incluso de "obispos" relacionados con la ICAB.
En tercer lugar, como sucede en la comunidad brasilera, el sedevacantismo suele ser el pasaporte hacia una rápida ordenación sacerdotal para candidatos expulsados de seminarios y noviciados, principalmente por falta de idoneidad psíquica. Y un refugio para clérigos de conducta extravagante que, si no fueran curas vagos, estarían bajo sospecha de trastorno psíquico y lógicamente suspensos para el  ejercicio del ministerio.  
En cuarto lugar, se han dado numerosos casos de ordenaciones de sujetos previamente expulsados de seminarios por falta de aptitudes morales. Y no falta, en el sedevacantismo mexicano, la ordenación de hombres casados.
Por último, y sin ánimo de ser exhaustivos, se observa en los grupos sedevacantistas una radicalización del espíritu sectario, que se manifiesta de muchas maneras, especialmente en una sopa de letras de "fundaciones" y en la proliferación de mini-parroquias, con sus "capellanes mitrados", casi todos rabiosamente enemistados entre sí, y siempre prestos a condenar por herejía a todo aquel que no quiera ser partícipe de su sectarismo. 
Hemos dicho en otras oportunidades que el sedevacantismo no es un tema de interés para nuestra bitácora. Y lo reafirmamos hoy, a pesar del contenido de esta entrada. No es nuestro deseo crear un fantasma amenazador. Pensamos, no obstante, que las similitudes apuntadas  debieran ser suficiente llamado de atención. No todo lo que brilla es oro...


P.S.: Apenas rozamos aquí el "sedevacantismo" como problema "doctrinal". Para los interesados en profundizar sugerimos la lectura de libro del  P. Álvaro Calderón, La lámpara bajo el celemín.

Un cisma auténtico: derivas y semejanzas


Carlos Duarte Costa fue un obispo católico, excomulgado y separado de su cargo pastoral en 1945. La excomunión fue el punto final de una larga cadena de errores y malas conductas del prelado. Unos años antes, cuando Brasil entró en la IIª Guerra Mundial, el obispo apeló públicamente al Presidente de la República, a fin de que interviniese en la Iglesia expulsando a obispos y sacerdotes “nazis, fascistas y falangistas”. Acusó a la Acción Católica de espionaje a favor del Eje y manifestó simpatías comunistas, por las que fue encarcelado. Suspendido a divinis en 1944, sin que con ello se consiguiera calmarlo, fue excomulgado el 6 de julio de 1945. Duarte fundó una nueva "iglesia", la “Iglesia Católica Apostólica Brasilera” (ICAB), razón por la cual el Santo Oficio lo declaró excomulgado vitando el 3 de julio de 1946. Es decir, realizó un cisma auténtico con todas las notas que lo caracterizan.
A partir de ese momento arranca la historia de un nueva “comunidad cristiana”. Duarte Costa consagró obispos, ordenó sacerdotes e hizo de su grupo un refugio para clérigos de malas costumbres. En la actualidad, la ICAB posee cuarenta y ocho obispos, que trabajan en treinta y ocho diócesis, y se estima que extienden su influencia sobre unos tres millones de fieles.
La ICAB inició sus actividades con una relajación notable de la disciplina sacramental. Comenzó recibiendo clérigos católicos concubinarios y se transformó en garantía de ordenación sacerdotal para seminaristas católicos expulsados. Posteriormente, comenzó a celebrar indiscriminadamente “sacramentos”, "bendiciones", "exorcismos" casi siempre con un sólo requisito estricto: el pago de estipendios. Luego, se agregaría una deriva doctrinal de veterocatolicismo, modernismo y, en los últimos años,  sincretismo dogmático.
Así, la ICAB ha devenido un conglomerado de diferentes grupos y denominaciones con un elemento común de origen, pero sin verdadera homogeneidad doctrinal, ritual y de predicación. Lo que plantea un problema para la Iglesia católica, pues la ICAB realiza toda clase de ceremonias con fieles católicos. La Congregación para la Doctrina de la Fe, al ser consultada por los obispos brasileños respecto de la consideración que se debía a las ordenaciones de la ICAB, dispuso que los sacerdotes pertenecientes a la iglesia brasilera que solicitaran ser admitidos a la comunión católica, habían de serlo en calidad de simples laicos, nunca como clérigos; y en casos excepcionales, cuando las condiciones lo aconsejaran, podría considerarse la posibilidad de una ordenación sub conditione. Aunque no existe un documento definitivo como la Apostolicae Curae de León XIII (sobre la invalidez de las órdenes anglicanas) la conferencia episcopal de Brasil ha puesto en duda la validez de las ordenaciones de la ICAB por defecto de intención sacramental. Por último, cabe recordar que la ICAB ha “canonizado” a su fundador.
El caso de la ICAB es un punto de partida para reflexionar sobre las semejanzas que guarda conciertos fenómenos que se desprenden del tradicionalismo. Nos referimos, en concreto, al sedevacantismo. 
Sería falso partir de una amalgama y decir que los sedevacantistas han mutado, en lo doctrinal, hacia posturas modernistas como las de la ICAB. Pero es cierto que en el sedevacantismo pululan errores doctrinales serios (rigorismo moral, donatismo, negación práctica de la indefectibilidad de la Iglesia, etc.) ya condenados por la Iglesia. También es cierto que, al igual que en la ICAB, hay una heterogeneidad doctrinal que se desarrolla a  paso más lento, pero firme: sedevacantistas estrictos versus mitigados, vacancia formal, pero no material, etc.; "conclavismo", como “solución” al "vacío" generado por las aporías que la teoría produce, a medida que se prolonga en el tiempo y la Iglesia se mantiene "acéfala".Y como efecto del "conclavismo", un elenco de personajes, algunos grotescos y otros francamente risibles, que se disfrazan de papas, a los que nos resistimos a denominar antipapas. 
Alejandro Greico.
Desde los 26 años
se viste de "Papa".
En segundo lugar, a semejanza de la ICAB, se da un fenómeno de "inflación episcopal", paralelo a las dudas acerca de la validez de las órdenes recibidas por los "obispos" sedevacantistas. Para colmo de males, la obsesión por el “episcopado válido” -que para muchos sólo se encontraría en iglesias orientales, veterocatólicas y en los obispos sedevacantistas, todo ello por efecto de la "invalidez" del rito de consagración aprobado por Pablo VI- los ha conducido a buscar órdenes sagradas de linajes episcopales muy dudosos en cuanto a su validez, incluso de "obispos" relacionados con la ICAB.
En tercer lugar, como sucede en la comunidad brasilera, el sedevacantismo suele ser el pasaporte hacia una rápida ordenación sacerdotal para candidatos expulsados de seminarios y noviciados, principalmente por falta de idoneidad psíquica. Y un refugio para clérigos de conducta extravagante que, si no fueran curas vagos, estarían bajo sospecha de trastorno psíquico y lógicamente suspensos para el  ejercicio del ministerio.  
En cuarto lugar, se han dado numerosos casos de ordenaciones de sujetos previamente expulsados de seminarios por falta de aptitudes morales. Y no falta, en el sedevacantismo mexicano, la ordenación de hombres casados.
Por último, y sin ánimo de ser exhaustivos, se observa en los grupos sedevacantistas una radicalización del espíritu sectario, que se manifiesta de muchas maneras, especialmente en una sopa de letras de "fundaciones" y en la proliferación de mini-parroquias, con sus "capellanes mitrados", casi todos rabiosamente enemistados entre sí, y siempre prestos a condenar por herejía a todo aquel que no quiera ser partícipe de su sectarismo. 
Hemos dicho en otras oportunidades que el sedevacantismo no es un tema de interés para nuestra bitácora. Y lo reafirmamos hoy, a pesar del contenido de esta entrada. No es nuestro deseo crear un fantasma amenazador. Pensamos, no obstante, que las similitudes apuntadas  debieran ser suficiente llamado de atención. No todo lo que brilla es oro...


P.S.: Apenas rozamos aquí el "sedevacantismo" como problema "doctrinal". Para los interesados en profundizar sugerimos la lectura de libro del  P. Álvaro Calderón, La lámpara bajo el celemín.

Un cisma auténtico: derivas y semejanzas


Carlos Duarte Costa fue un obispo católico, excomulgado y separado de su cargo pastoral en 1945. La excomunión fue el punto final de una larga cadena de errores y malas conductas del prelado. Unos años antes, cuando Brasil entró en la IIª Guerra Mundial, el obispo apeló públicamente al Presidente de la República, a fin de que interviniese en la Iglesia expulsando a obispos y sacerdotes “nazis, fascistas y falangistas”. Acusó a la Acción Católica de espionaje a favor del Eje y manifestó simpatías comunistas, por las que fue encarcelado. Suspendido a divinis en 1944, sin que con ello se consiguiera calmarlo, fue excomulgado el 6 de julio de 1945. Duarte fundó una nueva "iglesia", la “Iglesia Católica Apostólica Brasilera” (ICAB), razón por la cual el Santo Oficio lo declaró excomulgado vitando el 3 de julio de 1946. Es decir, realizó un cisma auténtico con todas las notas que lo caracterizan.
A partir de ese momento arranca la historia de un nueva “comunidad cristiana”. Duarte Costa consagró obispos, ordenó sacerdotes e hizo de su grupo un refugio para clérigos de malas costumbres. En la actualidad, la ICAB posee cuarenta y ocho obispos, que trabajan en treinta y ocho diócesis, y se estima que extienden su influencia sobre unos tres millones de fieles.
La ICAB inició sus actividades con una relajación notable de la disciplina sacramental. Comenzó recibiendo clérigos católicos concubinarios y se transformó en garantía de ordenación sacerdotal para seminaristas católicos expulsados. Posteriormente, comenzó a celebrar indiscriminadamente “sacramentos”, "bendiciones", "exorcismos" casi siempre con un sólo requisito estricto: el pago de estipendios. Luego, se agregaría una deriva doctrinal de veterocatolicismo, modernismo y, en los últimos años,  sincretismo dogmático.
Así, la ICAB ha devenido un conglomerado de diferentes grupos y denominaciones con un elemento común de origen, pero sin verdadera homogeneidad doctrinal, ritual y de predicación. Lo que plantea un problema para la Iglesia católica, pues la ICAB realiza toda clase de ceremonias con fieles católicos. La Congregación para la Doctrina de la Fe, al ser consultada por los obispos brasileños respecto de la consideración que se debía a las ordenaciones de la ICAB, dispuso que los sacerdotes pertenecientes a la iglesia brasilera que solicitaran ser admitidos a la comunión católica, habían de serlo en calidad de simples laicos, nunca como clérigos; y en casos excepcionales, cuando las condiciones lo aconsejaran, podría considerarse la posibilidad de una ordenación sub conditione. Aunque no existe un documento definitivo como la Apostolicae Curae de León XIII (sobre la invalidez de las órdenes anglicanas) la conferencia episcopal de Brasil ha puesto en duda la validez de las ordenaciones de la ICAB por defecto de intención sacramental. Por último, cabe recordar que la ICAB ha “canonizado” a su fundador.
El caso de la ICAB es un punto de partida para reflexionar sobre las semejanzas que guarda conciertos fenómenos que se desprenden del tradicionalismo. Nos referimos, en concreto, al sedevacantismo. 
Sería falso partir de una amalgama y decir que los sedevacantistas han mutado, en lo doctrinal, hacia posturas modernistas como las de la ICAB. Pero es cierto que en el sedevacantismo pululan errores doctrinales serios (rigorismo moral, donatismo, negación práctica de la indefectibilidad de la Iglesia, etc.) ya condenados por la Iglesia. También es cierto que, al igual que en la ICAB, hay una heterogeneidad doctrinal que se desarrolla a  paso más lento, pero firme: sedevacantistas estrictos versus mitigados, vacancia formal, pero no material, etc.; "conclavismo", como “solución” al "vacío" generado por las aporías que la teoría produce, a medida que se prolonga en el tiempo y la Iglesia se mantiene "acéfala".Y como efecto del "conclavismo", un elenco de personajes, algunos grotescos y otros francamente risibles, que se disfrazan de papas, a los que nos resistimos a denominar antipapas. 
Alejandro Greico.
Desde los 26 años
se viste de "Papa".
En segundo lugar, a semejanza de la ICAB, se da un fenómeno de "inflación episcopal", paralelo a las dudas acerca de la validez de las órdenes recibidas por los "obispos" sedevacantistas. Para colmo de males, la obsesión por el “episcopado válido” -que para muchos sólo se encontraría en iglesias orientales, veterocatólicas y en los obispos sedevacantistas, todo ello por efecto de la "invalidez" del rito de consagración aprobado por Pablo VI- los ha conducido a buscar órdenes sagradas de linajes episcopales muy dudosos en cuanto a su validez, incluso de "obispos" relacionados con la ICAB.
En tercer lugar, como sucede en la comunidad brasilera, el sedevacantismo suele ser el pasaporte hacia una rápida ordenación sacerdotal para candidatos expulsados de seminarios y noviciados, principalmente por falta de idoneidad psíquica. Y un refugio para clérigos de conducta extravagante que, si no fueran curas vagos, estarían bajo sospecha de trastorno psíquico y lógicamente suspensos para el  ejercicio del ministerio.  
En cuarto lugar, se han dado numerosos casos de ordenaciones de sujetos previamente expulsados de seminarios por falta de aptitudes morales. Y no falta, en el sedevacantismo mexicano, la ordenación de hombres casados.
Por último, y sin ánimo de ser exhaustivos, se observa en los grupos sedevacantistas una radicalización del espíritu sectario, que se manifiesta de muchas maneras, especialmente en una sopa de letras de "fundaciones" y en la proliferación de mini-parroquias, con sus "capellanes mitrados", casi todos rabiosamente enemistados entre sí, y siempre prestos a condenar por herejía a todo aquel que no quiera ser partícipe de su sectarismo. 
Hemos dicho en otras oportunidades que el sedevacantismo no es un tema de interés para nuestra bitácora. Y lo reafirmamos hoy, a pesar del contenido de esta entrada. No es nuestro deseo crear un fantasma amenazador. Pensamos, no obstante, que las similitudes apuntadas  debieran ser suficiente llamado de atención. No todo lo que brilla es oro...


P.S.: Apenas rozamos aquí el "sedevacantismo" como problema "doctrinal". Para los interesados en profundizar sugerimos la lectura de libro del  P. Álvaro Calderón, La lámpara bajo el celemín.

Jack Tollers: comentario al Padrenuestro



Jack Tollers ha publicado un comentario al Padrenuestro de 21 páginas. Aprovechamos nuestro blog para darle difusión. En enlace es el siguiente:

Jack Tollers: comentario al Padrenuestro



Jack Tollers ha publicado un comentario al Padrenuestro de 21 páginas. Aprovechamos nuestro blog para darle difusión. En enlace es el siguiente:

martes, 23 de octubre de 2012

Religiones falsas

Ya casi no se habla de religiones falsas. Razón por la cual ofrecemos un fragmento de una obra clásica, que puede aportar alguna luz sobre el tema. Notará el lector distinciones y matices que deben tenerse en cuenta  para no caer en exageraciones por exceso y por defecto. Esperamos que el texto sirva para aproximarse al tema no por el hábito mental de configurarse "en contra de" sino por amor a la verdad en su integridad. 
"Juzgada en su conjunto (como sistema de doctrinas y de ritos) es falsa toda religión que no sea cristiana; al menos en cuanto que no es la religión que Dios ha revelado y que quiere que sea practicada. Más aún, es falsa también cualquier secta cristiana no católica, en cuanto que no acepta ni realiza fielmente todo el contenido de la revelación.En cambio, considerada en sus elementos separados toda religión no cristiana y cualquier secta acatólica puede contener verdades mezcladas con errores.
Desde el punto de vista moral la cuestión de la verdad o falsedad objetiva de una religión y de sus elementos se complica con la de la culpabilidad con que un determinado individuo se adhiere a la religión y cumple con sus ritos. El que practica de buena fe una religión falsa está excusado evidentemente del pecado que cometería el que la practica de mala fe.
Esto no significa sin embargo que una religión falsa practicada de buena fe proporcione al sujeto los buenos efectos espirituales que proporciona la religión verdadera. Sin embargo, cuando un seguidor de un culto falso cumple con aquellos ritos especiales que no expresan falsedad, ni son inmorales, y en cambio están de acuerdo con los principios de la ley natural y de la religión natural, no parece que se haya de excluir que pueda recibir alguna utilidad espiritual.Aun más sutil y delicado es el problema de quién está de buena fe. La respuesta se ha de dar con referencia a la conciencia de cada individuo en particular…" (Graneris, G. Introduzione generale alla scienza delle religioni, Torino, 1952).

Religiones falsas

Ya casi no se habla de religiones falsas. Razón por la cual ofrecemos un fragmento de una obra clásica, que puede aportar alguna luz sobre el tema. Notará el lector distinciones y matices que deben tenerse en cuenta  para no caer en exageraciones por exceso y por defecto. Esperamos que el texto sirva para aproximarse al tema no por el hábito mental de configurarse "en contra de" sino por amor a la verdad en su integridad. 
"Juzgada en su conjunto (como sistema de doctrinas y de ritos) es falsa toda religión que no sea cristiana; al menos en cuanto que no es la religión que Dios ha revelado y que quiere que sea practicada. Más aún, es falsa también cualquier secta cristiana no católica, en cuanto que no acepta ni realiza fielmente todo el contenido de la revelación.En cambio, considerada en sus elementos separados toda religión no cristiana y cualquier secta acatólica puede contener verdades mezcladas con errores.
Desde el punto de vista moral la cuestión de la verdad o falsedad objetiva de una religión y de sus elementos se complica con la de la culpabilidad con que un determinado individuo se adhiere a la religión y cumple con sus ritos. El que practica de buena fe una religión falsa está excusado evidentemente del pecado que cometería el que la practica de mala fe.
Esto no significa sin embargo que una religión falsa practicada de buena fe proporcione al sujeto los buenos efectos espirituales que proporciona la religión verdadera. Sin embargo, cuando un seguidor de un culto falso cumple con aquellos ritos especiales que no expresan falsedad, ni son inmorales, y en cambio están de acuerdo con los principios de la ley natural y de la religión natural, no parece que se haya de excluir que pueda recibir alguna utilidad espiritual.Aun más sutil y delicado es el problema de quién está de buena fe. La respuesta se ha de dar con referencia a la conciencia de cada individuo en particular…" (Graneris, G. Introduzione generale alla scienza delle religioni, Torino, 1952).

lunes, 22 de octubre de 2012

Apéndice del Ritual Romano (1962)




Un lector nos ha enviado esta edición digital bilingüe de algunas de las oraciones del Ritual Romano (1962). Puede descargarse aquí:

http://www.mediafire.com/?q22m86176687286


Apéndice del Ritual Romano (1962)




Un lector nos ha enviado esta edición digital bilingüe de algunas de las oraciones del Ritual Romano (1962). Puede descargarse aquí:

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viernes, 19 de octubre de 2012

Preguntas tontas



Se dice que no hay preguntas tontas sino tontos que preguntan. Y este parece ser el caso de Luis Fernando Pérez de Bustamante. No por la pregunta en sí misma, que podría formularla cualquier católico consciente. Sino porque quien pregunta se presenta como campeón y defensor cerril del Concilio Vaticano II.
No vamos a reiterar nuevamente lo que ya señalamos en otra oportunidad. Tan sólo recordar que antes del Vaticano II, para el Código de Derecho Canónico de 1917, la comunicación en lo sagrado -activa y formal- estaba prohibida siempre, puesto que el c. 1258 la prohibía expresamente como regla bajo todas sus formas, porque se la consideraba profesión de un culto falso y negación de la fe católica, aparte de un escándalo. 
Además, establecía  el canon 2316:
Es sospechoso de herejía el que espontáneamente y a sabiendas ayuda de cualquier modo a la propagación de la herejía o participa in divinis con los herejes, en contra de  lo que prescribe el canon 1258.
Pero el último Concilio, y el Código de Derecho Canónico de 1983 dictado en su consecuencia, han alterado profundamente la doctrina y disciplina eclesial acerca de la intercomunión con acatólicos. El c. 1258 ha sido derogado y para la disciplina actual la comunicación en lo sagrado es lícita si hay justa causa (cfr. SÁNCHEZ-GIL, A. Voz Communicatio in sacris, en "Diccionario General de DerechoCanónico", Pamplona).
¿Qué hace el predicador de la Casa del Papa arrodillado ante un pastor protestante? La respuesta que podría dar el fraile Raniero Cantalamessa es obvia: es un gesto ecuménico. Y por si hubiera alguna duda, el predicador podría poner de ejemplo al Cardenal Jorge M. Bergoglio. 

Bergoglio recibiendo una multibendición.

Preguntas tontas



Se dice que no hay preguntas tontas sino tontos que preguntan. Y este parece ser el caso de Luis Fernando Pérez de Bustamante. No por la pregunta en sí misma, que podría formularla cualquier católico consciente. Sino porque quien pregunta se presenta como campeón y defensor cerril del Concilio Vaticano II.
No vamos a reiterar nuevamente lo que ya señalamos en otra oportunidad. Tan sólo recordar que antes del Vaticano II, para el Código de Derecho Canónico de 1917, la comunicación en lo sagrado -activa y formal- estaba prohibida siempre, puesto que el c. 1258 la prohibía expresamente como regla bajo todas sus formas, porque se la consideraba profesión de un culto falso y negación de la fe católica, aparte de un escándalo. 
Además, establecía  el canon 2316:
Es sospechoso de herejía el que espontáneamente y a sabiendas ayuda de cualquier modo a la propagación de la herejía o participa in divinis con los herejes, en contra de  lo que prescribe el canon 1258.
Pero el último Concilio, y el Código de Derecho Canónico de 1983 dictado en su consecuencia, han alterado profundamente la doctrina y disciplina eclesial acerca de la intercomunión con acatólicos. El c. 1258 ha sido derogado y para la disciplina actual la comunicación en lo sagrado es lícita si hay justa causa (cfr. SÁNCHEZ-GIL, A. Voz Communicatio in sacris, en "Diccionario General de DerechoCanónico", Pamplona).
¿Qué hace el predicador de la Casa del Papa arrodillado ante un pastor protestante? La respuesta que podría dar el fraile Raniero Cantalamessa es obvia: es un gesto ecuménico. Y por si hubiera alguna duda, el predicador podría poner de ejemplo al Cardenal Jorge M. Bergoglio. 

Bergoglio recibiendo una multibendición.

jueves, 18 de octubre de 2012

S. Cecotti: el deber fiscal



Tomamos de la bitácora SECUNDUM NATURAM, SECUNDUM RATIONEM, la traducción de algunos fragmentos del artículo de Samuele Cecotti (aparecido en Instaurare omnia inChristo, a. XLI, n. 1, 2012; pp. 3- 6) sobre el deber fiscal según la doctrina católica.

"Tras el pánico generado por la indomable crisis financiera mundial y el desorden de una UE incapaz de articular cualquier política económica, se habla mucho de la evasión fiscal como una gravísima inmoralidad. El debate político/mediático cotidiano está lleno de proclamas demagógicas contra la plaga de la evasión fiscal en una extraña unanimidad retórica, […] También entre los demócrata- cristianos, de ordinario generosos y benévolos con toda desviación moral, no se invoca piedad por los evasores […]
[R]esponde Mons. Velasio De Paolis  […] “el legislador tiene el derecho de imponer la tasa, el ciudadano tiene el deber de pagarla, pero el gobierno debe usar bien de ese dinero: si lo usa mal o si la tasa es excesiva, llega a faltar el presupuesto”.
El canonista De Paolis nos recuerda con autoridad que, como el derecho del Estado a la imposición fiscal no es absoluto sino relativo a un orden moral objetivo, en consecuencia es relativo el deber fiscal de los ciudadanos.
Con demasiada frecuencia se oye equiparar la evasión fiscal al hurto [...], lo que sugiere una concepción estatista/colectivista de la propiedad, para la cual el Estado/la colectividad presumiría de un derecho real superior sobre los bienes privados; siendo que, por el contrario, el Magisterio ha siempre presentado el deber fiscal como un deber de pietas ligado al cuarto mandamiento, y no al séptimo; o también a un deber de justicia legal y no de justicia conmutativa. Esto significa que no pagar los impuestos o tasas pretendidas por el fisco no es hurto, sino más bien, una violación del deber moral y jurídico de obediencia a la autoridad y de cooperación al bien común.
A decir verdad, la teoría de la evasión fiscal como hurto parecería encontrar una débil confirmación en el Magisterio de Benedicto XVI y en una reciente orientación general de la Iglesia docente hacia la idea de una fiscalidad dirigida al Estado Social. Faltando, empero, pronunciamientos puntuales del Magisterio sobre la cuestión, convendrá atenerse a la doctrina de siempre, tanto más cuanto que las recientes novedades propuestas por la reflexión moral sobre la DS se presentan frecuentemente como concesiones de la doctrina católica a la socialdemocracia y/o al paradigma democrático liberal de Welfare State (Estado de bienestar).
Asentado, entonces, el deber fiscal como un deber de justicia legal, se puede examinar con la sabiduría de la doctrina, la naturaleza de la violación de este deber, los modos, los casos, los atenuantes y las justificaciones.
Para que pueda hablarse de violación del deber fiscal es necesario que la omisión cometida sea ilegítima o también que la pretensión fiscal sea legítima, en cuanto la norma positiva que la determina sea conforme al derecho natural. No todas las evasiones fiscales, ni tampoco las violaciones de normas positivas (fiscales), son inmorales, sino solamente aquellas que defraudan  en caso de impuestos o tasas justos. Es la legitimidad de estos últimos la que  torna obligatoria la carga fiscal.
La autoridad pública no tiene, sobre la parte de bienes privados pretendida por el Fisco, un derecho análogo al del propietario: “en realidad, el Estado, no tiene derecho directo e inmediato sobre los bienes de sus súbditos, los cuales son sus únicos propietarios; tiene sobre sus bienes sólo un derecho indirecto y mediato, el cual leda el poder de exigir de sus propietarios que cedan una fracción para subvenir a las necesidades de la cosa pública”.
Es “la misma ley natural la que constriñe al hombre a vivir en sociedad, [la que] le crea el deber de aportar a la sociedad los medios sin los cuales ésta no podría llevar a cabo el cometido que le es propio” , pero sólo y únicamente respecto a los cometidos propios de la comunidad política: “el Estado exige válidamente de todos sus súbditos que le permitan cumplir su misión social; fuera de este objetivo, sus requerimientos son puramente arbitrarios y no se podría exigir el respeto de sus subordinados. Una ley injusta está privada de toda fuerza obligatoria".
¿Cuáles son esos cometidos? Para la doctrina clásico-cristiana consisten únicamente en asegurar la defensa externa y la paz interna, o también se reducen a “la administración, justicia y defensa y solamente [a] esto”.
De ahí que no basta la voluntad de la autoridad para que una norma (tanto menos si es fiscal) sea obligante; es necesario que la voluntad de la autoridad sea legítima o que no mande nada inmoral y que se atenga dentro de sus propios límites, a sus propios fines naturales por los cuales tiene razón de ser. [...]
Boecio, por ejemplo, llama “saqueos” a los impuestos extraordinarios públicos (perfectamente legales) impuestos por la autoridad ostrogoda de Ravena. La expresión “saqueo” usada por Boecio,  pide una ulterior consideración: si la evasión no es hurto en cuanto la autoridad pública no tiene derechos directos sobre los bienes privados pretendidos del Fisco, sino que sobre estos mismos bienes son los propietarios los que tienen derechos directos e inmediatos, en el caso de impuestos injustos requeridos  por el Fisco, ¿no se mancharía  el Estado con el  hurto, o  mejor, la  rapiña por los daños a los propios súbditos? De hurto frente a los ciudadanos sujetos a la recaudación fiscal en la fuente (por ejemplo, trabajadores dependientes); de rapiña frente a los ciudadanos constreñidos, bajo amenaza de sanción, a consignar al Fisco sus propios bienes.
Sin adherir al liberalismo de Benjamin Constant de Rebecque, podemos en esta ocasión, hacer nuestra sus palabras sobre los impuestos injustos sobre que debe juzgarse “un hurto que la fuerza  del Estado no hace más legítimo que a otro acto de la misma naturaleza. Es un hurto tanto más odioso en cuanto se efectúa con toda la solemnidad de la ley. Es un hurto tanto más vil en cuanto es perpetuado por la autoridad contra el individuo desarmado” (de Principios de política, 1806). Palabras análogas escribió en 1943 Carlo F. D’Agostino tratando de la propiedad privada: “el Estado que meta la mano sobre ella, fuera de aquello que sea la justa correspondencia de los servicios que presta (y solamente de los únicos servicios indispensables al bien común), es simplemente un ladrón y un violento”.
Los impuestos ilegítimos, en tanto que terminan en financiar, no las funciones naturales de la comunidad política sino otras, no obligan y su evasión es legítima porque tales impuestos constituyen un abuso de autoridad. Por otra parte, los impuestos ilegítimos, por ser moralmente malos (por ej., pretendidos para financiar prácticas inmorales o por ser pretendidos por razones y según criterios reconducibles a doctrinas contrarias al derecho natural y/o a la Verdad católica) no sólo pueden, sino que deben ser evadidos, si existe la posibilidad, como resistencia oculta al mal operado por el Estado. En el caso italiano, por ejemplo, el hecho de que el Servicio Sanitario Nacional provea a su cuenta prestaciones “sanitarias”  como aborto, fecundación in vitro, etc. Constituye un argumento válido para sostener el deber de resistir (también fiscalmente) a semejantes delitos cometidos por el Estado. [...]".
"[...] Además, levanta no poca perplejidad acerca de su legitimidad la pretensión de los Estados modernos de financiar, con los impuestos, servicios públicos no reconducibles a las funciones propias de la comunidad política (por ej.: transportes, hospitales, escuelas, etc.), servicios que, aunque ahora el Estado reserve para sí su erogación, deberían financiarse con las correspondientes tarifas. Cuando asimismo sucede –como, por ejemplo, en Italia con la escuela-, que el Estado viola la justicia distributiva, junto con el derecho/deber de los padres a la educación de sus hijos, imponiendo la escuela estatal a expensas de los contribuyentes y constriñendo así a las familias católicas a pagar dos veces la escuela de sus propios hijos (con los impuestos y con las cuotas escolares para hacer estudiar a los hijos en escuelas confesionales), la evasión fiscal deviene  absolutamente legítima como compensación oculta.
Si por otra parte consideramos el Welfare State, es decir, no sólo el hacerse cargo el Estado de gravámenes de gastos para intervenciones de naturaleza mutualista, de seguros o “caritativas”, sino también de verdadera y propia redistribución de la riqueza haciendo caso omiso de la justicia conmutativa que ha determinado los títulos legítimos de propiedad, a los cuales el Estado hace frente mediante los impuestos, entonces el juicio de ilegitimidad  es evidente.
Por todas estas razones se puede reconocer que, en Italia y en las modernas democracias liberales, la evasión fiscal esté en gran parte justificada y, en muchos casos, directamente, es moralmente  debida. Y esto en razón de un juicio sobre la conformidad de la pretensión impositiva con el derecho natural, sin nada que ver con los argumentos liberales libertarios que absolutizan el derecho de propiedad o con los demo-liberales del No taxation without rapresentation que, desarrollado con coherencia, sólo puede llevar en los sistemas democráticos a reconocer como legítimos todos los impuestos pretendidos en tanto queridos por los representantes del pueblo democráticamente elegidos.
El Estado es acreedor de legítimas pretensiones fiscales sobre los bienes privados en razón de su propia autoridad ordenada al fin natural de la comunidad política, prescindiendo de la forma de gobierno y de la naturaleza representativa o no del órgano legislativo. Si el impuesto es legítimo el Estado tiene derecho de pretenderlo, independientemente de la voluntad  de los súbditos o de sus representantes, incluso coercitivamente; pero si es ilegítimo, no hay voluntad mayoritaria de los súbditos que lo pueda volver obligatorio. De hecho, aun en el caso de que los bienes privados sobre los que el Estado avanza sus pretensiones fiscales fuesen de la colectividad, la voluntad mayoritaria (de la colectividad) podría disponer de esos bienes, por ejemplo, donándolos al Estado; sin embargo no podría volver obligante una norma fiscal ilegítima ni siquiera respecto a sí misma. Si, empero, los bienes privados sobre los que el Estado avanza sus pretensiones fiscales no son de la colectividad, sino de diversos propietarios privados, la voluntad mayoritaria (de la colectividad) no tiene título alguno para disponer de bienes que no son propios. Cada propietario es el único sujeto que tiene derechos directos e inmediatos sobre sus propios bienes; el Estado, indirectos y mediatos; la colectividad no los tiene ni directos e inmediatos, ni indirectos y mediatos, sino que la voluntad de la mayoría, en este caso, además de no poder legitimar una norma fiscal injusta, no puede ni siquiera disponer de los bienes privados en forma de donación. Un impuesto injusto, aunque sea querido por la mayoría del pueblo (de la mayoría de sus representantes), sigue siendo siempre un hurto o rapiña en perjuicio de los legítimos propietarios.
M. De Paolis, con justicia, habla también de “tasa excesiva” como de una tasa que puede ser legítimamente evadida. Respecto de esto último es necesario precisar: lo excesivo de la presión fiscal no es definible en sentido absoluto, sino siempre relativo. Por ejemplo, una tasa desmesuradamente alta, y entonces excesiva en una situación ordinaria, puede devenir necesaria y así, legítima en una condición extraordinaria, como una crisis de las finanzas públicas o una guerra. En este caso, “la ley, por dura que sea, no es por eso menos justa y obligatoria, ya que salus populi suprema lex esto!”.
Por el contrario, caen en la noción de “tasa excesiva”, en el sentido de ilegítimamente excesiva, aquellos sistemas de finanzas públicas que, a través de los impuestos y la redistribución de lo que proviene de ellos, despreciando los derechos de la propiedad legítimamente adquirida, intentan cambiar la desigualdad de riqueza debida a una economía conforme a la justicia conmutativa. Haciendo así, el Estado pervierte el concepto de justicia distributiva hasta hacerla la contracara de la conmutativa según una lógica abierta o larvadamente socialdemocrática.
Frente a tal sistema fiscal socialdemocrático que pretende violar tan fuertemente el derecho natural de propiedad, “¿Quién se asombrará de ver al público contribuyente, perseguido por tales injustas vejaciones, poner todo en obra para sustraer a una política fiscal del todo arbitraria lo poco que ha llegado a asegurar con su trabajo continuo, o mediante penosos ahorros?”.
Como puede verse, el juicio católico sobre la evasión fiscal es imposible de reconducir a aquel legalismo fiscal que también muchos católicos[…] confunden con la moralidad. Tanto más cuanto que en la realidad estatal como la de las modernas democracias europeas es demasiado difícil aceptar como legítimo en su totalidad su sistema fiscal.
Por otra parte, aun respecto de los impuestos legítimos, la doctrina católica no es nada propensa a condenar sin apelación su evasión. Las normas positivas fiscales legítimas obligan en conciencia o, mejor, ¿son leges moere penalis?
Indudablemente no es en sí lícito el fraude de los impuestos justos; sin embargo, la doctrina es propensa a no retener pacíficamente la totalidad de las normas fiscales (legítimas) como obligantes en conciencia, tanto más cuanto que en los modernos Estados laicos la autoridad temporal ha renunciado a la sanción sobrenatural: “en aquellos estados en los cuales el legislador renuncia a una sanción sobrenatural de las leyes sobre los impuestos […], tales leyes obligan solamente a sufrir la pena eventualmente infligida.
Donde la autoridad ha renunciado a su poder de vincular la conciencia limitándose a promulgar  leyes meramente penales, el súbdito no está, sin embargo, desligado del vínculo moral de obedecer a la justicia legal natural. De este modo, en el campo fiscal, no serán las leyes positivas (moere poenalis) de por sí las que obliguen en conciencia, sino el derecho natural que impone colaborar con la autoridad en la consecución del bien común. Es un deber moral y jurídico de derecho natural contribuir al funcionamiento del Estado y una modalidad ordinaria para tal colaboración es la contribución fiscal.
Por otra parte, el principio de derecho natural comprendido en el IV Mandamiento no obliga a pagar tal o cual impuesto ni tampoco a pagar impuestos. Obliga a colaborar con la autoridad política en la consecución del bien común de modo tal que se tenga pleno respeto de este deber aun en el caso de evadir/eludir los impuestos legítimos, en tanto tal evasión esté balanceada por el correspondiente servicio a la comunidad política.
También debe decirse que el deber fiscal, por tratarse de justicia legal, cede frente a un deber de justicia conmutativa, según el cual, por ejemplo, el empresario que se encontrase en la necesidad de decidir si pagar los estipendios a sus propios dependientes, o inclusive, liquidar un débito o pagar un proveedor, o pagar los impuestos, debería en conciencia cumplir sus deberes respecto a los trabajadores, acreedores y proveedores, aun a costas de evadir los impuestos.
Es lícita además la evasión motivada por un incommodum grave, por ejemplo, el bienestar de  la propia familia amenazado por las pretensiones del Fisco. Efectivamente no tendría culpa quien evadiese los impuestos para poder cumplir los deberes familiares, de otra manera impedidos. Así es como está legitimado para evadir impuestos el contribuyente que, visto el abuso fiscal general, “si se mantuviese rigurosamente respetuoso de sus deberes fiscales, estaría infaliblemente condenado a sucumbir bajo los golpes de la competencia que acostumbra defraudar al fisco a gran escala”. Todo esto, sin embargo, solamente “para los casos en los cuales el cumplimiento total del deber fiscal comprometería realmente la vida de una empresa o de una familia”.
La milenaria sabiduría moral de la Iglesia debe guiar a los confesores en su difícil oficio de juzgar en el fuero interno, también en temas de deber fiscal, […]”.